Actualizaciones en la Tarifa de Impuestos de Importación y Exportación de México
Descubre los cambios importantes en el Decreto que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, anunciado a través de la edición vespertina del 15 de agosto de 2023 del Diario Oficial de la Federación, el cual marcará un impacto en el panorama del comercio en México.
![Personal de DSV leyendo un documento en el puerto, frente a contenedores marítimos](https://dsv-media-premium.azureedge.net/~/media/corporate/news/mx/2023/people_document_regulation_containers_1700x774px.jpg?rev=3cb6eaa3eae84637b4b591d71f567758&w=481)
¿En qué consisten estas actualizaciones?
La Secretaría de Economía ha anunciado una serie de modificaciones arancelarias temporales que afectarán a 392 fracciones de mercancías. Estos ajustes de tarifas oscilan entre el 5% y el 25%, y abarcan una amplia gama de productos.
Vigencia del Decreto
El presente Decreto entrará en vigor el 16 de agosto de 2023 y concluirá el 31 de julio de 2025.
¿Qué mercancías se verán afectadas?
Dentro de esta nueva dinámica arancelaria, se han clasificado productos de distintos capítulos:
- Capítulo 28: Productos químicos inorgánicos
- Capítulo 39: Plástico y sus manufacturas
- Capítulo 40: Caucho y sus manufacturas
- Capítulo 48: Papel y cartón
- Capítulo 49: Productos editoriales
- Capítulo 52: Algodón
- Capítulo 64: Calzado
- Capítulo 70: Vidrio
- Capítulo 87: Vehículos, parabrisas, bicicletas
- Capítulo 92: Instrumentos musicales
- Capítulo 94: Muebles
- Y muchos más...
Consulta las fracciones arancelarias afectadas aquí
Cambios temporales en las tarifas
A partir del 16 de agosto de 2023, las mercancías clasificadas en las siguientes fracciones arancelarias tendrán un arancel del 10%. Sin embargo, a partir del 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de julio de 2025, este arancel aumentará al 25%.
- a) 7210.70.02 "Productos laminados planos de hierro o acero sin alear de anchura superior o igual a 600 mm chapados o revestidos, pintados, barnizados o revestidos de plástico" y
- b) 7212.40.04 "Productos laminados planos de hierro o acero sin alear de anchura inferior o igual a 600 mm chapados o revestidos, pintados, barnizados o revestidos de plástico" a partir de la entrada en vigor del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Esto significa que, si te encuentras importando o exportando mercancías de estas fracciones, es crucial estar al tanto de estos cambios para planificar tus operaciones de manera adecuada.
Derogaciones y cambios adicionales
El Decreto en cuestión trae consigo una serie de detalles importantes a considerar:
- Se derogan los siguientes decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2022:
- Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación,
- Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles,
- Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación,
- Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región y la franja fronterizas norte,
- Decreto de la zona libre de Chetumal,
- Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial,
- Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo.
- Debido al Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial” (02/08/2002 y modificaciones posteriores), durante la vigencia del presente decreto, algunas fracciones arancelarias estarán incluidas en los siguientes programas:
- En el programa de la industria eléctrica, las fracciones arancelarias 7208.39.01, 7208.51.04 y 7211.29.99,
- En el programa de la industria electrónica, la fracción arancelaria 7225.19.99, únicamente para los efectos de la fracción II, inciso b, del artículo 5 del decreto a que se refiere este transitorio,
- En los programas de las industrias automotriz y de autopartes, las fracciones arancelarias 7208.26.01, 7208.27.01, 7209.16.01, 7209.17.01, 7211.29.99, y 7225.30.91 y 7225.40.91.
¿Qué hacer ante estos cambios?
Te recomendamos tomar las siguientes acciones:
- Actualización: Asegúrate de tener acceso a las nuevas tarifas, reglamentaciones y las fracciones arancelarias que han experimentado cambios.
- Planificación: Ten en cuenta las fechas de cambio de arancel para tus operaciones comerciales.
- Asesoramiento: Si tienes dudas o necesitas aclaraciones para planificar tu cadena de suministro, contacta con tu representante DSV habitual.
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