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Transporte marítimo a Turquía

¿Cómo exportar a Turquía?

DSV es el proveedor de transporte terrestre, aéreo y marítimo para la importación y exportación entre España y Turquía. Realizamos la gestión del despacho de aduanas. Grupaje, cargas parciales y completas y contenedores.

Contamos con una potente red propia en España y Turquía. Con presencia local y oficinas propias en ciudades como Istanbul, Izmir, Ankara o Antalya y otros puntos estratégicos. 

Soluciones de transporte por carretera España <> Turquía 

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Principales Rutas y Puertos transporte marítimo España - Turquía

Principales Rutas y Puertos transporte Ro-Ro Turquía

Distribución en camión desde Francia e Italia hasta España

Documentación necesaria en la exportación e importación España – Turquía

Para el despacho de aduanas de los envíos de importación desde Turquía:

* Solo necesaria para algún tipo de mercancía específica como  piezas de automoción.

Por otro lado, determinados productos requieren certificados fitosanitarios (vegetales), sanitarios o de libre venta. Los productos farmacéuticos requieren un certificado GMP (Good Manufacturing Practices). Los productos agroalimentarios pueden precisar documentos en base al tipo de producto, a la Ley de Bioseguridad y otras normativas.

¿Qué es el certificado de mercancías A. TR?

Es un documento para la circulación de mercancías entre la UE y Turquía. Se entrega al exportador o importador en operaciones internacionales. Aplica un régimen preferencial cuando se realiza una exportación o importación.

El certificado A.TR lo emiten las autoridades aduaneras del país exportador. Debe presentarse en la aduana del país importador en un plazo máximo de cuatro meses desde su expedición. Se entrega junto al DUA de exportación.

Existen dos tipos: ATR1, para mercancías procedentes de la UE o nacionalizadas en la UE, y ATR3, para otros casos.

Mercancías con un régimen comercial especial

Con la Unión Aduanera, Turquía eliminó aranceles y tasas sobre bienes industriales de la UE. Hay dos tipos de productos con condiciones especiales fuera del acuerdo.

Este tipo de mercancías cuentan con los siguientes acuerdos preferenciales:

Acuerdo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y Turquía sobre el comercio de productos regulados por el tratado de la CECA
Decisión 1/98 del Consejo de Asociación Unión Europea - Turquía relativa al régimen comercial aplicable a los productos agrícolas

Normas de origen: preferenciales y no preferenciales
Turquía aplica normas de origen no preferenciales y preferenciales. Desde el 1 de enero de 1996, aplica las mismas normas de origen que las CE a las importaciones de terceros países.

Restricciones comerciales en la importación de productos desde Turquía

Las importaciones y exportaciones con Turquía siguen el acuerdo de Unión Aduanera UE-Turquía desde 1996. Este acuerdo permite la libre circulación de mercancías.
Turquía ha aumentado el comercio exterior con Europa. Sin embargo, mantiene requisitos y barreras arancelarias y no arancelarias para proteger la producción local.
Las mercancías en libre circulación deben incluir el certificado A.TR como prueba de su estado aduanero.

Declaración de Aduanas para la importación

El régimen de importación se basa en la Ley de Aduanas Nº 4458 y el Decreto Marco de Importación. Este decreto se publica cada 31 de diciembre y entra en vigor el 1 de enero. del año siguiente.  

Clasificación de productos

Los aranceles dependen del país de origen y del tipo de producto. No hay aranceles para productos industriales de la UE/EFTA. Se aplican preferencias para países con acuerdos comerciales. También influyen regulaciones sanitarias, ambientales, de seguridad y protección al consumidor.

La obligación aduanera se establece a partir de la presentación de la Declaración de Aduanas. El equivalente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en Turquía es el Katma Deger Vergisi (KDV). Se aplica no sólo al consumo sino también a las importaciones y se cobra en el despacho, con el importador como sujeto pasivo.

Mercancías prohibidas en la importación

Acuerdos de libre comercio de Turquía

Turquía forma parte del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT) desde 1951. Además, el país es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) desde marzo de 1995.

Turquía cuenta actualmente con 18 acuerdos de libre comercio (ALC) en vigor: Malasia(2015), Mauricio (2013), Corea del Sur (2013), Chile (2011), Jordania (2011), Serbia (2010), Montenegro (2010), Albania(2008), Georgia(2008), Egipto (2007), Siria (2007, acuerdo congelado por las dos partes desde 2011), Bosnia-Herzegovina (2003), Marruecos(2006), Palestina (2005), Túnez (2005), Macedonia (2000), Israel(1997) y EFTA (1992).

Por otro lado, Turquía ha finalizado negociaciones de ALC con el Líbano, Singapur, Moldavia, Gana, Islas Feroe y Kosovo. Y está en proceso de acuerdo con los siguientes 13 países y grupos: Japón, México, Ucrania, Perú, República Democrática de Congo, Colombia, Ecuador, Camerún, Islas Seychelles, MERCOSUR, Libia, Consejo de Cooperación del Golfo y Chad.

Además, Turquía tiene previsto negociar acuerdos de libre comercio con 10 países y grupos de países: EEUU, Canadá, Comunidad de América Central, Sudáfrica, India, Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP), Tailandia, Argelia, Indonesia y Vietnam.

Regímenes arancelarios temporales

En Turquía hay 5 regímenes arancelarios temporales y otros impuestos para estancias de tiempo limitado:

1. Zonas y Depósitos Francos

Son áreas fuera del territorio aduanero, pero dentro del país. Están libres de aranceles e impuestos para fomentar la exportación. Las mercancías pueden permanecer sin límite de tiempo. Turquía tiene 19 zonas francas en puertos y aeropuertos.

Estambul Tracia  Estambul (Aeropuerto de Atatürk)  Estambul (Industria y Comercio, en Tuzla) – Antalya – Adana /  Yumurtalik  Egeo – Esmirna  Europa (en Tekirdag), Bursa – Denizli – Gaziantep – Mersin – Kayseri  Trabzon  Tubitak Mam Tecnología - Rize – Kocaeli – Samsun.

2. Importación Temporal

Permite importar mercancías por tiempo limitado con reducción de aranceles. El cuaderno ATA autoriza la importación temporal por un año. Este régimen arancelario está destinado a la reexportación de las mercancías. No podrán ser sometidas a un proceso industrial de transformación, excepto reparaciones para evitar su deterioro. La duración máxima de la importación temporal es de 24 meses (ampliable solo por las autoridades aduaneras). El arancel correspondiente a la importación temporal es del 3% mensual del importe.

El cuaderno ATA es un documento internacional para autorizar la importación temporal de mercancías en Turquía. Tiene validez de un año y puede utilizarse para entradas y salidas ilimitadas.

3. Transformación bajo Control Aduanero

Este régimen arancelario permite la importación de bienes dentro del territorio arancelario de Turquía. Posteriormente se transforma industrialmente sin estar sujetos a Derechos a la Importación y a medidas de política comercial. El producto final procesado se despachará a libre práctica, aplicándose un arancel de producto manufacturado. El plazo máximo de aplicación de este régimen será de dos años, ampliable a 3 meses.

4. Tráfico de Perfeccionamiento Pasivo

Permite importar sin aranceles productos exportados antes desde Turquía. Las mercancías contarán con una disminución total o parcial de los Derechos a la Importación. Requerirá una autorización de la Subsecretaría de Comercio Exterior con un plazo máximo de 1 año. Máximo ampliable en otros 12 meses extras.

5. Tráfico de Perfeccionamiento Activo

Régimen arancelario temporal que permite la importación en Turquía de mercancías extranjeras para ser reexportadas después de su perfeccionamiento. Se realiza dentro del territorio arancelario turco sin aranceles ni otras medidas de política comercial. Para optar a este régimen es obligatoria la autorización de la Subsecretaría de Comercio Exterior.

El plazo máximo para este régimen arancelario es de 12 meses, con opción a prórroga. Los bienes perfeccionados que estén sujetos a cuotas de importación deberán cumplirlas. En caso contrario, se exportará la mercancía, su destrucción o al pago de una multa.

Régimen para muestras comerciales y publicidad

Turquía está comprometida con la Convención Internacional para facilitar la importación de muestras comerciales y material publicitario.  Permite que las muestras sin valor comercial se puedan transportar libres de impuestos.

Las muestras comerciales pagan derechos, pero se reembolsa si se reexportan en seis meses.  Todas las muestras deberán incluirse como lista en una factura. La aduana turca prestará una carta de garantía para la importación temporal que se devuelve en la reexportación.

Los libros, periódicos, revistas y otro material publicitario son libres de derechos de aduana.

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